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Ley 2/2011 · Ley 2/2011, de 17 de marzo, de caza.

Ley 2/2011 Art. 25

CAPÍTULO II

In KraftAmtlicher Text

Artículo 25. Vedados de caza.

Son vedados de caza los terrenos que no sean declarados cinegéticos, de régimen especial, o refugios de fauna, así como aquellos en los que se declare la veda por otras previsiones legales.

En particular, son vedados de caza los terrenos cercados por muros, vallas, setos o cualquier otra obra o dispositivo construido con el fin de impedir o prohibir el acceso a las personas o animales ajenos o para evitar la salida de los propios; si disponen de entradas permanentemente abiertas, para ser vedados deberán indicar que el paso está prohibido.