Ley 8/2011 Art. 9
Sección 1
Artículo 9. Superior competencia.
Corresponde a la Consejería competente en materia de igualdad la superior planificación, el asesoramiento al resto de las Consejerías y a sus entidades y Organismos públicos dependientes, y la coordinación del conjunto de las políticas públicas de igualdad de la Comunidad Autónoma Extremeña.