Ley 2/2011 Art. 92
CAPÍTULO II
Artículo 92. El Censo de Instalaciones Deportivas.
El Censo de Instalaciones Deportivas de la Comunitat Valenciana tiene por objeto recoger, y mantener actualizadas, las instalaciones deportivas de uso público de la Comunitat Valenciana y las características de su equipamiento, así como los espacios naturales preparados para el uso deportivo, y facilitar la elaboración de los planes generales de instalaciones y equipamientos deportivos.