Ley 4/2011 · Ley 4/2011, de 23 de marzo, de bibliotecas de la Comunitat Valenciana.
Ley 4/2011 Art. 48
TÍTULO IV
Artículo 48. Órganos competentes.
Son competentes para la imposición de las sanciones previstas en este título:
1. El titular de la dirección general competente en materia de bibliotecas, cuando se trate de infracciones leves.
2. El titular de la conselleria competente en materia de bibliotecas, cuando se trate de infracciones graves.