Real Decreto 555/2011 Art. 27
CAPÍTULO VIII
Artículo 27. Papeletas.
1. La Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil dispondrá lo necesario para haya un número suficiente de sobres y papeletas de cada candidatura, que estarán a disposición de la Mesa Electoral Única.
2. El tamaño, impresión y calidad de papel serán de iguales características, siendo homologados por el Consejo de Policía.
3. Las papeletas y sobres se imprimirán en los colores siguientes:
Escala Superior: Azul claro.
Escala Ejecutiva: Sepia.
Escala Subinspección: Verde claro.
Escala Básica: Blanco.