Ley 2/2011 Art. 6
TÍTULO II
Artículo 6. Fomento de la participación.
Dadas la importancia y la trascendencia de la participación institucional de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, se reconoce el derecho que tienen a percibir una subvención económica en concepto de compensación por los gastos derivados de dicha participación.