Ley 2/2011 · Ley 2/2011, de 25 de marzo, de la Calidad Agroalimentaria y Pesquera de Andalucía.
Ley 2/2011 Art. 11
CAPÍTULO III
Artículo 11. Marcas de calidad de titularidad pública.
Las marcas de calidad referidas a productos agroalimentarios y pesqueros que cree reglamentariamente y registre la Junta de Andalucía serán marcas de calidad de titularidad pública, correspondiendo a esta el derecho exclusivo de uso de las mismas, pudiendo autorizar su uso en los términos que reglamentariamente se determinen.