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Ley 2/2011 · Ley 2/2011, de 25 de marzo, de la Calidad Agroalimentaria y Pesquera de Andalucía.

Ley 2/2011 Art. 51

CAPÍTULO II

In KraftAmtlicher Text

Artículo 51. Resolución de procedimientos sancionadores.

1. La competencia para la resolución de los procedimientos sancionadores por las infracciones establecidas en la presente ley se determinará reglamentariamente.

2. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución expresa de los procedimientos sancionadores por las infracciones establecidas en la presente Ley será de un año contado desde la incoación del mismo.

3. Las sanciones impuestas por infracciones muy graves o la reincidencia en las graves, una vez firmes, podrán hacerse públicas, en los términos que se establezcan reglamentariamente, cuando con ello se contribuya al conocimiento público de la situación de fraude que se haya producido.

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