Ley 9/2011 Art. 16
CAPÍTULO III
Artículo 16. Financiación.
Sin perjuicio de los demás recursos que en el mismo puedan integrarse, el Fondo para el Desarrollo Tecnológico de las Energías Renovables y el Uso Racional de la Energía, se financiará con los ingresos obtenidos del canon eólico conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de la presente norma.