Ley 9/2011 · Ley 9/2011, de 10 de mayo, de tasas consulares.
Ley 9/2011 Art. 10
CAPÍTULO I
Artículo 10. Normas sobre recaudación.
1. Las tasas consulares se ingresarán en el Tesoro Público.
2. Reglamentariamente se determinará la forma de recaudación, custodia e ingreso de los derechos recaudados, los cuales serán intervenidos por el Ministerio de Economía y Hacienda.