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Orden JUS/1207/2011 · Orden JUS/1207/2011, de 4 de mayo, por la que se crea y regula el Registro Electrónico de Apostillas del Ministerio de Justicia y se regula el procedimiento de emisión de apostillas en soporte papel y electrónico.

Orden JUS/1207/2011 Art. 6

CAPÍTULO II

In KraftAmtlicher Text

Artículo 6. Gestión y seguridad del Registro Electrónico de Apostillas

1. La Subdirección General de Nuevas Tecnologías de la Justicia del Ministerio de Justicia será el órgano responsable de la gestión, disponibilidad y seguridad del Registro Electrónico creado y regulado en la presente orden.

2. Estará disponible en el portal del Ministerio de Justicia, o en su sede electrónica, la relación de aplicaciones, medios y soportes, incluyendo un resumen de los protocolos de seguridad del registro y de las comunicaciones electrónicas y los sistemas operativos y navegadores de Internet, a través de los cuales se podrán efectuar las comunicaciones entre el Registro Electrónico de Apostillas del Ministerio y cualquier persona física o jurídica.

3. Serán de implantación en el Registro Electrónico las medidas de seguridad previstas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y en su normativa de desarrollo.