Ley 9/2010 Art. 24
CAPÍTULO II
Artículo 24. Extinción de la Agencia Financiera de Madrid.
Queda extinguido el Organismo Autónomo de carácter administrativo Agencia Financiera de Madrid, creado por la Ley 3/1997, de 8 de enero, integrándose el conjunto de bienes, derechos y obligaciones resultantes de su extinción en la Consejería competente en materia de política financiera.