Ley 14/2011 · Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Ley 14/2011 Art. 32bis
CAPÍTULO III
Artículo 32 bis. Contratos para la realización de proyectos y para la ejecución de planes y programas públicos de investigación científica y técnica o de innovación.
Las universidades públicas podrán contratar personal técnico de apoyo a la investigación y a la transferencia de conocimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 bis.