Orden FOM/1649/2012 Art. 3
Artículo 3. Especialidades.
Los auditores de seguridad viaria podrán obtener certificados de aptitud en las siguientes especialidades:
a) Auditor de seguridad viaria en las fases de anteproyecto y proyecto.
b) Auditor de seguridad viaria en las fases previa a la puesta en servicio e inicial en servicio.
El certificado podrá otorgarse en alguna de las dos especialidades o en ambas.