Ley 1/2012 Art. 9
CAPÍTULO III
Artículo 9. Ámbito de aplicación.
1. Los preceptos previstos en el presente capítulo serán de aplicación al personal dependiente de las Instituciones Sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha que recibe sus retribuciones conforme al Real Decreto-Ley 3/1987, de 11 de septiembre, sobre Retribuciones del Personal Estatutario del Insalud.
2. El personal no comprendido en el apartado anterior dependiente de las Instituciones Sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha se regirá, a los efectos de la presente ley, por la normativa que les corresponda.
Änderungsgeschichte
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