Real Decreto 1075/2012 Art. 16
CAPÍTULO IV
Artículo 16. Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención.
1. La correspondencia de las unidades de competencia con los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones, para su convalidación o exención, queda determinada en el anexo V A) de este real decreto.
2. La correspondencia de los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones con las unidades de competencia, para su acreditación, queda determinada en el anexo V B) de este real decreto.