Orden INT/2008/2012 Art. 11
CAPÍTULO III
Artículo 11. Propuestas.
1. Las formulará el Jefe del centro, organismo o unidad de la Guardia Civil al que afecte directamente el hecho o hechos objetos de la propuesta, a quien corresponderá su apreciación y clasificación. En las mismas dará cuenta detallada de los hechos, de la participación en ellos del interesado o interesados, unidad o entidad, y de los méritos contraídos.
2. Las propuestas podrán ser ordinarias y extraordinarias.