Ley 3/2012 Art. 4
Sección 1
Artículo 4. Ámbito temporal.
Las medidas en materia de personal contenidas en este capítulo tienen carácter excepcional y temporal, siendo de aplicación hasta el 31 de diciembre de 2013(*). Al término de esta fecha, se revisarán todas las medidas propuestas en esta Ley y se estudiará el levantamiento de la suspensión, en función de la garantía de estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
(*) Véase la nota informativa que encabeza el capítulo III de esta ley, en cuanto a las diferentes prórrogas de aplicación de las medidas en materia de personal.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2014-01-01