Ley 4/2012 Art. 12
CAPÍTULO I
Artículo 12. De los derechos en relación con los servicios sociales.
La Generalitat, en el ámbito de sus competencias, garantizará:
1. El derecho a acceder en condiciones de igualdad a las prestaciones de los servicios sociales.
2. El derecho a recibir información completa sobre las prestaciones de los servicios sociales.