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Real Decreto 1529/2012 · Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.

Real Decreto 1529/2012 Art. 29

TÍTULO III

In KraftAmtlicher Text

Artículo 29. Centros participantes.

1. Podrán participar en estos proyectos los centros docentes autorizados para impartir ciclos formativos de formación profesional y que establezcan convenios de colaboración con empresas del sector correspondiente, de acuerdo con lo que determine la normativa autonómica.

2. Los proyectos de formación profesional dual se llevarán a cabo en centros educativos con entornos productivos que reúnan requisitos idóneos para su aplicación, de conformidad con:

a) Las características de la actividad profesional a la que responde el ciclo formativo.

b) Las características de las empresas del entorno del centro educativo.

c) Las características de la formación implicada en cada ciclo formativo.