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Ley 7/2012 · Ley 7/2012, de 24 de octubre, de Estabilidad y Disciplina Presupuestaria.

Ley 7/2012 Art. 7

In KraftAmtlicher Text

Artículo 7. Límite de gasto no financiero.

Aprobado el objetivo de estabilidad para la Comunidad Autónoma, la Junta de Castilla y León, en el plazo de un mes, a propuesta de la consejería competente en materia de hacienda, acordará el límite de gasto no financiero correspondiente al siguiente ejercicio presupuestario, coherente con dicho objetivo y la regla de gasto, remitiendo dicho acuerdo a las Cortes de Castilla y León para su debate y aprobación. La aprobación por las Cortes de Castilla y León deberá producirse antes del 31 de julio de cada año.