Ley 12/2012 Art. 29
TÍTULO III
Artículo 29. Cuantía de las sanciones.
1. Las infracciones muy graves se sancionarán con multa de 60.001 euros a 1.000.000 de euros.
2. Las infracciones graves se sancionarán con multas de 3.001 euros a 60.000 euros.
3. Las infracciones leves se sancionarán con multas de hasta 3.000 euros.