Ley 3/2011 Art. 14
TÍTULO III
Artículo 14. Control de las competiciones y concursos.
1. Las federaciones deportivas de la Región de Murcia velarán por el cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo anterior y por el desarrollo de las competiciones y concursos deportivos en las adecuadas condiciones técnicas, sanitarias y de seguridad.
2. Igualmente comunicarán oficialmente el calendario de competiciones y concursos a la Delegación del Gobierno de la Comunidad Autónoma y a los ayuntamientos donde se celebren para conocimiento de las fuerzas y cuerpos de seguridad.