Ley 3/2012 Art. 8
Artículo 8. Modificación del artículo 40 del texto refundido de la Ley de urbanismo.
1. Se modifica la letra b del apartado 1 del artículo 40 del texto refundido de la Ley de urbanismo, que queda redactada del siguiente modo:
«b) En los supuestos de modificación del planeamiento urbanístico general que establece el artículo 43.1, en los que el porcentaje es del 85%.»
2. Se modifica el apartado 2 del artículo 40 del texto refundido de la Ley de urbanismo, que queda redactado del siguiente modo:
«2. Los propietarios de suelo urbanizable delimitado tienen derecho al 85% del aprovechamiento urbanístico del sector, referido a sus fincas.»