Real Decreto-ley 11/2012 Art. 11
CAPÍTULO V
Artículo 11. Beneficios fiscales en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
Se prorrogan para el ejercicio 2012 los beneficios fiscales establecidos para el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y el Impuesto sobre Actividades Económicas en el artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2011, de 13 de mayo.