Ley 10/2011 Art. 12
CAPÍTULO III
Artículo 12. Modificación del artículo 35 del texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña.
Se modifica el apartado 1 del artículo 35 del texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, que queda redactado del siguiente modo:
«35.1 Quedan afectados al servicio público de competencia de la Generalidad los bienes y las instalaciones de titularidad pública que forman parte de la red de abastecimiento Ter-Llobregat. Estos bienes deben destinarse al ejercicio de las competencias de la Generalidad en materia de aguas, de acuerdo con la legislación vigente.»