Ley 2/2012 Art. 72
CAPÍTULO IV
Artículo 72. Órganos de cooperación y coordinación.
La Administración autonómica competente en materia de consumo promoverá la creación de órganos de cooperación y coordinación entre las distintas administraciones en Galicia para el mejor cumplimento de sus competencias en materia de defensa del consumidor.