Rechtsbibliothek und Fallanalyse · Österreich · Belgien · Europäische Union
LAWxPERT Anmelden Kostenloses Konto

Ley 3/2012 · Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia.

Ley 3/2012 Art. 114

CAPÍTULO VI

In KraftAmtlicher Text

Artículo 114. Facultades.

1. En el ejercicio de sus funciones, los inspectores o inspectoras, debidamente acreditados, tendrán carácter de agentes de la autoridad y gozarán como tales de la protección y facultades que a éstos dispensa la normativa vigente.

2. Cuando lo consideren necesario para el mejor cumplimiento de sus funciones, los inspectores o inspectoras podrán solicitar la intervención de personas y de servicios dependientes de otras instituciones públicas o privadas.

3. Las actas suscritas por los inspectores o inspectoras gozarán de la presunción de certeza que se atribuye en el marco del procedimiento administrativo común a las expedidas por los funcionarios públicos en el ejercicio de su cargo.

Änderungsgeschichte
  • Vigente desde 2025-12-19