Ley 3/2012 · Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia.
Ley 3/2012 Art. 15
CAPÍTULO I
Artículo 15. Deportes autóctonos.
Las administraciones públicas de Galicia promoverán la recuperación, el mantenimiento, la práctica y el desarrollo de los deportes autóctonos, propios de la Comunidad Autónoma, en colaboración con las entidades oficialmente reconocidas en este ámbito.