Ley 7/1981 · Ley 7/1981, de 30 de junio, sobre Ley de Gobierno.
Ley 7/1981 Art. 55
CAPÍTULO II
Artículo 55.
Los anteproyectos de Ley presentados al Gobierno irán acompañados de una Exposición de Motivos en la que se expresarán sucintamente aquéllos que hubieren dado origen a su elaboración y la finalidad perseguida. Figurarán como anexos, cuando proceda, la relación de disposiciones derogadas o modificadas.