Real Decreto 715/2012 Art. 5
Artículo 5. Grupos de trabajo.
1. Para el mejor desempeño de sus funciones, la Comisión Interministerial de Estrategias Marinas podrá crear grupos de trabajo.
2. Los grupos de trabajo se formarán con funcionarios especializados que al efecto designen los respectivos Ministerios. Su constitución y funcionamiento se regulará por la Comisión Interministerial de Estrategias Marinas.