Real Decreto 912/2012 Art. 10
CAPÍTULO IV
Artículo 10. Ratio profesor/alumno.
1. Para impartir los módulos del bloque común y los resultados de aprendizaje de carácter conceptual de los módulos del bloque específico del ciclo de grado superior en Esgrima, la relación profesor/alumno será de 1/30.
2. Para impartir los resultados de aprendizaje de carácter procedimental de los módulos del bloque específico del ciclo de grado superior en Esgrima, la relación profesor/alumno será la recogida en el anexo III.