Real Decreto 910/2012 Art. 23
Sección 3
Artículo 23. Desarrollo de las sesiones del Consejo de Personal.
En el desarrollo de las sesiones sus miembros podrán:
a) Participar en los debates de las sesiones y formular, en su caso, reparos a la posición común planteada por el presidente.
b) Formular ruegos y preguntas.
c) Ejercer otras funciones que sean inherentes a su condición.