Ley 2/2012 · Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012.
Ley 2/2012 Art. 20
CAPÍTULO II
Artículo 20. Aplicación de remanentes de tesorería en el Presupuesto del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
Los remanentes de tesorería, a favor del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, existentes en la Tesorería General de la Seguridad Social a 31 de diciembre de cada año se podrán destinar a financiar el Presupuesto de Gasto del Instituto de Mayores y Servicios Sociales. Así mismo, podrán ser utilizados para financiar posibles modificaciones en el ejercicio siguiente al que se produzcan.