Ley 16/2011 · Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía.
Ley 16/2011 Art. 88
CAPÍTULO II
Artículo 88. Profesionales del Sistema Sanitario Público de Andalucía y la salud pública.
Los profesionales del Sistema Sanitario Público de Andalucía, en su desempeño profesional, desarrollarán las actuaciones de salud pública contempladas en la presente ley que sean propias de su ámbito competencial.