Ley 4/2012 · Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales.
Ley 4/2012 Art. 57
Sección II
Artículo 57. Tipo de gravamen especial del 20 por ciento.
El tipo de gravamen especial del 20 por ciento será aplicable a las entregas de las labores del tabaco, con excepción de los cigarros y cigarritos.
Se entiende por labores del tabaco las contenidas en el artículo 4 de la Ley 1/2011, de 21 de enero, del Impuesto sobre las Labores del Tabaco y otras Medidas Tributarias, incluidos los cigarrillos electrónicos desechables.
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