Ley 15/2012 Art. 27
CAPÍTULO II
Artículo 27. Dirección de Administración y Servicios.
Corresponde a la Dirección de Administración y Servicios de la Academia ejercer la responsabilidad directa de la gestión económica, patrimonial y presupuestaria, y la gestión de los servicios generales y recursos humanos de la academia en los términos que se establezcan reglamentariamente, así como las competencias que, en su caso, le delegue el director o directora general de la academia y sustituirle temporalmente en los casos de vacante, ausencia o enfermedad.