Ley 16/2012 Art. 18
CAPÍTULO IV
Artículo 18. Medidas de apoyo a las personas emprendedoras innovadoras.
El Gobierno Vasco pondrá en marcha líneas de ayudas para subvencionar a personas emprendedoras de carácter innovador. Se subvencionarán los gastos inherentes a la entrada al mercado alternativo bursátil, al objeto de facilitar la capitalización de las empresas de reciente creación, y los importes equivalentes a la seguridad social que pagan las microempresas por su personal investigador.