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Real Decreto 1082/2012 · Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva.

Real Decreto 1082/2012 Art. 111

CAPÍTULO III

In KraftAmtlicher Text

Artículo 111. Modificación de los estatutos sociales.

La comunicación a la CNMV de las modificaciones que no requieran autorización previa deberá efectuarse en el plazo de los 15 días hábiles siguientes a la inscripción de la modificación en el Registro Mercantil. Si, recibida la notificación, dicha modificación excediese en su alcance de lo previsto en el artículo 44.2 de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, o afectara negativamente a las condiciones que fundamentaran la autorización, la CNMV lo notificará en el plazo de 30 días a los interesados, para que revisen las modificaciones o, en su caso, se ajusten al procedimiento de autorización ordinario.