Real Decreto 815/2013 Art. 53
CAPÍTULO V
Artículo 53. Cumplimiento de los valores límite de emisión.
Se considerará que se han respetado los valores límite de emisión a la atmósfera si se cumplen las condiciones establecidas en el anejo 3, parte 4.
CAPÍTULO V
Artículo 53. Cumplimiento de los valores límite de emisión.
Se considerará que se han respetado los valores límite de emisión a la atmósfera si se cumplen las condiciones establecidas en el anejo 3, parte 4.