Orden IET/2013/2013 Art. 2
CAPÍTULO I
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Esta orden será de aplicación a los consumidores de energía eléctrica conectados en alta tensión que contraten su energía en el mercado de producción, directamente o a través de comercializador.
Asimismo, será de aplicación al operador del sistema, «Red Eléctrica de España, S.A.», como encargado de la gestión del servicio de interrumpibilidad y de la realización del mecanismo competitivo para su asignación.