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Ley 6/2013 · Ley 6/2013, de 6 de noviembre, de Cooperativas de Cantabria.

Ley 6/2013 Art. 2

CAPÍTULO I

In KraftAmtlicher Text

Artículo 2. Concepto.

1. A los efectos de esta Ley, las cooperativas son sociedades constituidas por personas que se asocian en régimen de libre adhesión y baja voluntaria para satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas y sociales, dotadas de estructura, funcionamiento y gestión democráticos y en las que sus miembros, además de participar en el capital, lo hacen también en la actividad societaria prestando su trabajo, satisfaciendo su consumo o valiéndose de sus servicios, con el propósito de mejorar la situación económica y social de sus miembros y el entorno comunitario.

2. La sociedad cooperativa se ajustará a los principios formulados por la Alianza Cooperativa Internacional, en los términos resultantes de la presente Ley.

3. Cualquier actividad económica y social lícita podrá ser organizada y desarrollada mediante una sociedad cooperativa constituida al amparo de la presente Ley.