Real Decreto 1044/2013 Art. 39
Sección 3
Artículo 39. Elaboración del presupuesto.
La entidad elaborará, anualmente, sus Presupuestos de Explotación y Capital, junto con los Programas de Actuación Plurianual, con la estructura que determine el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, que serán tramitados en la forma establecida, para las entidades públicas empresariales, en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.