Real Decreto 1050/2013 Art. 2
Artículo 2. Nivel mínimo de protección del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
La participación de la Administración General del Estado en el nivel mínimo de protección se adecuará a las previsiones del artículo 7.1.º de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.