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Real Decreto 114/2013 · Real Decreto 114/2013, de 15 de febrero, por el que se crea y regula el registro nacional de infracciones graves a la política pesquera común, se establecen las normas de aplicación del sistema de puntos y se actualizan los importes de las sanciones previstas en la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.

Real Decreto 114/2013 Art. 3

In KraftAmtlicher Text

Artículo 3. Autoridades competentes.

1. La Secretaría General de Pesca queda designada como la autoridad nacional competente en materia de infracciones de pesca marítima en aguas exteriores a los efectos de lo dispuesto en el artículo 125 del Reglamento (UE) n.º 404/2011, de la Comisión, de 8 de abril de 2011.

2. Asimismo, cada comunidad autónoma designará y comunicará a la Secretaría General de Pesca la autoridad competente encargada de realizar las funciones establecidas en las letras a), b) y c) de dicho artículo por las infracciones cometidas en materia de marisqueo y pesca en las aguas interiores de su comunidad autónoma.