Rechtsbibliothek und Fallanalyse · Österreich · Belgien · Europäische Union
LAWxPERT Anmelden Kostenloses Konto

Ley 11/2012 · Ley 11/2012, de 21 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Ley 11/2012 Art. 2

CAPÍTULO I

In KraftAmtlicher Text

Artículo 2. Ámbito subjetivo.

1. La presente ley será de aplicación a los órganos y entidades que se enumeran conforme a la siguiente clasificación:

a) Órganos y entidades con dotaciones diferenciadas en los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha:

1.º Las Cortes de Castilla-La Mancha, respetando y preservando, en cualquier caso, su autonomía presupuestaria y financiera, así como aquellos órganos dependientes de las mismas que tengan dotación diferenciada en los Presupuestos Generales.

2.º La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, los organismos autónomos y las entidades públicas vinculadas o dependientes de la misma.

3.º Cualesquiera otras entidades públicas cuya normativa confiera carácter limitativo a los créditos de su presupuesto de gastos.

b) Sujetos instrumentales con presupuestos de carácter estimativo:

1.º Empresas públicas regionales.

2.º Fundaciones públicas regionales.

3.º Consorcios pertenecientes al sector público regional.

2. En el marco de la autonomía económica y financiera que les reconoce la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, la presente ley también se aplicará a las universidades públicas de Castilla-La Mancha.

3. La aplicación de las normas de la presente Ley a los sujetos de los apartados 1 b) y 2 de este artículo sólo se producirá cuando los mismos sean incluidos expresamente en los correspondientes preceptos.

4. Toda referencia de la presente ley a la Consejería de Hacienda, se entenderá hecha a la Consejería competente en materia de hacienda.

Änderungsgeschichte
  • Vigente desde 2020-01-01