Orden PRE/422/2013 Art. 4
CAPÍTULO I
Artículo 4. Centro Universitario de la Guardia Civil.
Dependiente de la Dirección General de la Guardia Civil se encuentra el Centro Universitario de la Guardia Civil, con naturaleza de centro universitario público, cuya titularidad corresponde al Ministro del Interior. Este órgano es el responsable de impartir los estudios conducentes a la obtención de los títulos de carácter oficial, con validez en todo el territorio nacional, que se determinen.