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Orden HAP/538/2013 · Orden HAP/538/2013, de 5 de abril, por la que se aprueban los modelos 584 "Impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica. Autoliquidación y pagos fraccionados" y 585 "Impuesto sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas. Autoliquidación y pagos fraccionados", y se establece la forma y procedimiento para su presentación.

Orden HAP/538/2013 Art. 5

In KraftAmtlicher Text

Artículo 5. Plazos de presentación de los modelos 584 y 585.

1. Los contribuyentes obligados a presentar el modelo 584 deberán autoliquidar el impuesto e ingresar la cuota dentro de los veinte primeros días naturales del mes siguiente a la conclusión de cada período impositivo.

2. Los contribuyentes obligados a presentar el modelo 584 deberán efectuar en los veinte primeros días naturales de los meses de junio y diciembre el pago fraccionado a cuenta de la liquidación correspondiente al período impositivo que esté en curso el día 1 de cada uno de los meses indicados.

3. Los contribuyentes obligados a presentar el modelo 585 deberán autoliquidar el impuesto e ingresar la cuota dentro de los veinte días naturales siguientes al devengo del impuesto.

4. Los contribuyentes obligados a presentar el modelo 585 deberán efectuar el pago fraccionado a cuenta de la liquidación correspondiente al período impositivo en curso, en los veinte primeros días naturales de los meses de abril, julio y octubre.