Orden HAP/538/2013 Art. 5
Artículo 5. Plazos de presentación de los modelos 584 y 585.
1. Los contribuyentes obligados a presentar el modelo 584 deberán autoliquidar el impuesto e ingresar la cuota dentro de los veinte primeros días naturales del mes siguiente a la conclusión de cada período impositivo.
2. Los contribuyentes obligados a presentar el modelo 584 deberán efectuar en los veinte primeros días naturales de los meses de junio y diciembre el pago fraccionado a cuenta de la liquidación correspondiente al período impositivo que esté en curso el día 1 de cada uno de los meses indicados.
3. Los contribuyentes obligados a presentar el modelo 585 deberán autoliquidar el impuesto e ingresar la cuota dentro de los veinte días naturales siguientes al devengo del impuesto.
4. Los contribuyentes obligados a presentar el modelo 585 deberán efectuar el pago fraccionado a cuenta de la liquidación correspondiente al período impositivo en curso, en los veinte primeros días naturales de los meses de abril, julio y octubre.