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Ley 1/2013 · Ley 1/2013, de 2 de abril, por la que se crea el Colegio Profesional de Logopedas de la Comunidad de Madrid.

Ley 1/2013 Art. 3

TÍTULO ÚNICO

In KraftAmtlicher Text

Artículo 3. Ámbito personal.

Podrán integrarse en el Colegio Profesional de Logopedas de la Comunidad de Madrid quienes estén en posesión del título académico oficial de Diplomado en Logopedia, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1419/1991, de 30 de agosto, de Grado en Logopedia o de otro título extranjero equivalente debidamente homologado, así como aquellos que se encuentren en alguno de los supuestos contemplados en la disposición transitoria quinta de esta Ley.