Orden AAA/1231/2013 Art. 4
Artículo 4. Homologaciones.
Las homologaciones de trofeos de caza mayor se ajustarán a las normas que determine la Junta Nacional de Homologación de Trofeos de Caza, asegurando en todo caso la recopilación de todos los datos que afecten a la propiedad del trofeo y a la forma en que se ha obtenido, de manera que dichos datos puedan ser incorporados al fondo documental del Archivo Nacional de Trofeos de Caza.